
Escudo de las Américas y el riesgo terrorista en su contraparte
Chile se sumó al Escudo de las Américas. Varias de sus 25 organizaciones prioritarias son terroristas para EE.UU., y eso toca a quien opera en dólares.
"Dime con quién andas, decirte he quién eres."
Miguel de Cervantes, Don Quijote de la Mancha, segunda parte, capítulo X
Durante años el financiamiento del terrorismo fue, para la mayoría de las empresas chilenas, un casillero del formulario que se marcaba sin detenerse. El riesgo parecía pertenecer a otras latitudes y a otros conflictos, y la revisión se reducía a cruzar el nombre del cliente contra la lista del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, que casi nunca devolvía una coincidencia. Esa comodidad acaba de quedar en entredicho por una decisión que se tomó lejos de cualquier oficina de cumplimiento, y que sin embargo le cambia el mapa de riesgos a más de una empresa que nunca se planteó la pregunta.
El 22 de septiembre, en Nueva York y en el marco de la Asamblea General de Naciones Unidas, el Presidente de la República anunció que Chile dejaba su condición de observador para incorporarse como miembro pleno del Escudo de las Américas, y ese mismo día el Ministerio de Relaciones Exteriores informó la adhesión. La dimensión política de esa decisión corresponde a otros foros, y lo que interesa aquí es una consecuencia técnica que se desprende de la lista de organizaciones que la coalición decidió priorizar.
Veinticinco organizaciones y una categoría distinta
La Cancillería describe el Escudo como un marco de coordinación voluntaria entre gobiernos americanos para enfrentar el crimen organizado transnacional, en el que participan además de Chile Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guyana, Honduras, Panamá, Paraguay, Perú, Trinidad y Tobago y Estados Unidos. La iniciativa identificó 25 organizaciones criminales prioritarias, entre las que figuran el Tren de Aragua, el Cártel de Sinaloa, el Cártel de Jalisco Nueva Generación, el Primeiro Comando da Capital y Los Choneros.
El dato que cambia el análisis viene de antes, porque el 20 de febrero de 2025 el Departamento de Estado publicó en el Federal Register la designación como organizaciones terroristas extranjeras, bajo la sección 219 de la ley de inmigración y nacionalidad de Estados Unidos, del Tren de Aragua, la Mara Salvatrucha, el Cártel de Sinaloa, el Cártel de Jalisco Nueva Generación, Carteles Unidos, el Cártel del Noreste, el Cártel del Golfo y La Nueva Familia Michoacana, con efecto desde su publicación, y las ocho figuran en la lista del Escudo. Según el Departamento del Tesoro, ese mismo día el Tren de Aragua fue designado además como terrorista global especialmente designado, cuando ya desde julio de 2024 estaba sancionado como organización criminal transnacional significativa.
Dicho de otro modo, una parte de las organizaciones que Chile acaba de comprometerse a enfrentar tiene, para el país emisor del dólar, la calidad jurídica de organización terrorista, y quien les presta apoyo económico queda expuesto a otro régimen jurídico.
Por qué esto llega a una empresa chilena
El 3 de diciembre de 2025 la Oficina de Control de Activos Extranjeros sancionó a una red de afiliados del Tren de Aragua vinculada a la industria del entretenimiento, junto con otros afiliados clave de la organización y una entidad ubicada en Sudamérica, bajo las órdenes ejecutivas 13581 y 13224. El comunicado del Tesoro señala que una de las personas designadas participó en los esfuerzos de expansión de la organización en Chile, y que otra organizaba cobros ilegales en varios países, Chile entre ellos, lo que desmiente la idea de que se trate de un riesgo ajeno.
El mismo comunicado explica el mecanismo por el cual una sanción de Estados Unidos alcanza a quien no es estadounidense. Los bienes de los designados que estén en Estados Unidos o en poder de personas estadounidenses quedan bloqueados, y se prohíben en general las transacciones que los involucren cuando las realizan personas estadounidenses o cuando ocurren dentro de Estados Unidos o transitan por ese país. Un pago en dólares de una empresa chilena a un proveedor extranjero suele pasar por un banco corresponsal estadounidense, de modo que la empresa que nunca pisó ese país queda a un eslabón de distancia de un banco que no puede procesar ese pago, y el Tesoro advierte que las sanciones civiles por estas infracciones se aplican sobre la base de responsabilidad objetiva, sin necesidad de probar intención. El comunicado agrega que las instituciones financieras extranjeras que realicen o faciliten transacciones significativas con los designados se arriesgan a sanciones secundarias, incluida la restricción de sus cuentas corresponsales, y eso explica por qué el banco chileno de esa empresa tiene todas las razones para preguntarle con quién está operando.
La revisión por nombre no alcanza. El Tesoro recuerda que toda entidad de propiedad directa o indirecta, en un 50 por ciento o más, de una o más personas bloqueadas queda también bloqueada, aunque no aparezca en ninguna lista. Una contraparte limpia en el buscador puede estar bloqueada por quién es su dueño, y eso solo se detecta conociendo a su beneficiario final.
Dónde queda expuesto quien mira solo una lista
El punto ciego se describe con facilidad, porque una empresa que revisa a sus contrapartes solo contra la lista de Naciones Unidas cumple una práctica razonable, pero una designación hecha por el Gobierno de Estados Unidos no llega por esa vía, porque es un acto de ese gobierno y no del Consejo de Seguridad. Para ver lo que está en la lista de OFAC y en las designaciones terroristas estadounidenses hay que consultarlas directamente, como explicamos en nuestra guía de listas de sanciones OFAC y ONU, y hay que hacerlo con la frecuencia con que esas listas cambian, que no es la frecuencia con que se renueva un contrato.
Las empresas más expuestas son las que operan en dólares, las que importan o exportan, las que pagan a proveedores o reciben fondos de países donde estas organizaciones tienen presencia, y las que trabajan con sectores donde la debida diligencia reforzada debería ser la norma y no la excepción. Para ellas conviene revisar tres cosas, que son si el screening incluye efectivamente las listas de Estados Unidos, si el análisis de beneficiario final permite aplicar la regla del 50 por ciento, y si las señales de alerta que usa el equipo contemplan los patrones de estas organizaciones, como los cobros ilegales o la red vinculada a la industria del entretenimiento que describe el comunicado del Tesoro.
Con quién anda su contraparte
Sancho Panza trae a cuento ese refrán en el capítulo décimo de la segunda parte, cuando, a solas en el camino, concluye que si sigue y sirve a un loco no puede ser él mucho más cuerdo, y se juzga a sí mismo por la compañía que eligió. A una empresa se la juzga del mismo modo, y también por lo que está detrás de quienes le pagan, le venden o le prestan servicios, de manera que la adhesión de Chile al Escudo de las Américas vuelve más probable que esa pregunta se haga con seriedad. Dime con quién andas, decirte he quién eres, se dice Sancho, y el cumplimiento moderno le agrega una línea que conviene tener presente, porque hoy también importa con quién anda aquel con quien usted anda.
Neitcom cruza a sus contrapartes, y a los beneficiarios finales que usted identifica, contra las listas PEP, ONU y OFAC, de modo que la revisión no se detenga en la primera lista. Conversemos sobre cómo está configurado hoy su screening.
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